Artículo 296. Derogado
ARTÍCULO 296 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, NÚMERO 499.
(ARTÍCULO ÚNICO. Se deroga el artículo 296)
P.O. EDICIÓN No. 93 ALCANCE I, DE FECHA VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2025.
PRIMERO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero.
SEGUNDO. - Remítase el presente Decreto a la Titular del Poder Ejecutivo Estatal, para su conocimiento y para los efectos legales conducentes.
TERCERO. -Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero, así como en la página oficial del Congreso del Estado, para el conocimiento general y efectos legales procedentes.
45.-DECRETO NÚMERO 267 POR EL QUE SE ADICIONAN LOS PÁRRAFOS CUARTO Y QUINTO AL