Código Penal para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 368

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO VI

ARTÍCULO 368.- DEROGADO (En cumplimiento a la sentencia de Amparo en Revisión 1447/2023, del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, Los Mochis, Sinaloa).

(REFORMADO, P.O. 27 DE ENERO DE 2025)

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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