Código Penal para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 235

TITULO DECIMO · CAPITULO VI

ARTÍCULO 235.- Las disposiciones contenidas en este título solo se aplicarán en lo que no estuviere previsto en las leyes especiales o no se opusiera a lo establecido en ellas.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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