ARTÍCULO 263.- En todos los casos de inhumación clandestina de que trata el presente capítulo, se procederá incontinenti por la autoridad que conozca del hecho a disponer la traslación del cadáver al panteón público que corresponda, de acuerdo con las disposiciones de las Leyes Sanitarias aplicables al caso.
TITULO DECIMOQUINTO.
Delitos contra la paz y la seguridad de las personas.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
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