Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 82 TER

CAPÍTULO DUODÉCIMO REGLAS DEL ASEGURAMIENTO DE BIENES, ENAJENACIÓN DE

Artículo 82 Ter 122

Se deroga.

119

Artículo reformado el 31/dic/2012.

120

Artículo reformado el 31/dic/2012.

121

Artículo adicionado el 04/ene/2012 y reformado el 27/nov/2014 .

122

Articulo derogado el 27/nov/2014 . Orden Jurídico Poblano

80

Artículo 82 Qu a ter 123

Se deroga:

Artículo 82 Quinquies 124

Cuando el sujeto activo haya admitido los hechos imputados, podrá aplicarse a solicitud del Ministerio Público el procedimiento abreviado y la sanción prevista en el mismo.

SECCIÓN SEGUNDA

APLICACIÓN DE SANCIONES POR DELITOS CULPOSOS

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ojp.puebla.gob.mx.

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