Código Penal para el Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 235 TER

TÍTULO TERCERO DELITOS CONTRA LA FE PÚBLICA · CAPÍTULO IV USURPACIÓN DE PROFESIONES

ARTÍCULO 235 TER.- Comete el delito de f alsif icación de objetos, vestimenta, insignias o equipo de una corporación policial o de cualquier institución de seguridad, el que sin autorización de la institución correspondiente f abrique, conf eccione, produzca, imprima o pinte, cualquiera de los unif ormes, insignias, credenciales de identif icación, medallas, divisas, gaf etes, escudos, documentos, adheribles, distintivos o piezas que contengan imágenes, siglas u otros elementos utilizados exclusivamente en dichas instituciones. (Adición P. O. No. 54, 12-VII-19)

La comisión de este delito se sancionará con una pena de 3 meses a 5 años de prisión y de 20 a 200 veces el valor diario de la UMA, además del decomiso. (Adición P. O. No. 54, 12- VII-19)

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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