Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 132

TÍTULO SÉPTIMO EXTINCIÓN DE LA PRETENSIÓN PUNITIVA Y DE LA POTESTAD DE · CAPÍTULO XI SUPRESIÓN DEL TIPO PENAL

Artículo 132. Extinción por supresión del tipo penal. Cuando la ley suprima un tipo penal se extinguirá la potestad punitiva respectiva o la de ejecutar las penas o medidas de seguridad impuestas, se pondrá en absoluta e inmediata libertad al imputado o al sentenciado y cesarán de derecho todos los efectos del procedimiento penal o de la sentencia.

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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