Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz · Veracruz

Artículo 11

TÍTULO I DE LA LEY PENAL · CAPÍTULO I APLICACIÓN EN EL ESPACIO

Artículo 11.-Este código se aplicará en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en los casos siguientes:

I. Por los delitos perpetrados dentro de su territorio jurídico, cuando sean de la competencia de sus tribunales;

II. Por los delitos que se preparen o cometan fuera de él, cuando produzcan efectos dentro del territorio veracruzano; o

III. Por los delitos permanentes y por los continuados, que se sigan cometiendo en él.

Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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