Código Penal para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 310

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO VIII

Artículo 310.- Aborto es la interrupción del embarazo después de las primeras doce semanas de gestación.

Párrafo reformado POG 30-11-2024 (Decreto 16)

Para los efectos de este Código, el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.

Párrafo adicionado POG 30-11-2024 (Decreto 16)

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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