TITULO SEXTO Delitos Contra la Autoridad · CAPITULO III Quebrantamiento de sellos
Artículo 189 .- Al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido.
Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 13-05-1996
Última reforma de esta ley incorporada: 13 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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