Código Penal Federal · Federal

Artículo 423

TITULO DECIMO Delitos por hechos de corrupción · CAPÍTULO QUINTO Disposiciones comunes a los delitos contra el ambiente

Artículo 423.- No se aplicará pena alguna a quien incurra en la conducta señalada en el párrafo primero, fracción segunda, del artículo 418, ni a quien transporte la leña o madera muerta a que se refiere el artículo 419, cuando realice la actividad para uso doméstico dentro de la comunidad rural, indígena o afromexicana a la que pertenezca.

Artículo adicionado DOF 13-12-1996. Reformado DOF 06-02-2002, 08-05-2023

TITULO VIGESIMO SEXTO

De los Delitos en Materia de Derechos de Autor

Título adicionado DOF 24-12-1996

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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