Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 145

TÍTULO TERCERO DE LA PRUEBA · CAPÍTULO III DE LAS PRUEBAS EN PARTICULAR

Artículo 145.- Las posiciones deberán llenar los requisitos siguientes:

I.- Estar formuladas en términos claros y precisos; 30

II.- Deben ser aseverativas, entendiéndose por tales, las que afirman algo, aunque estén redactadas con términos negativos;

III.- Deben contener hechos propios del que absuelva, referentes a su actividad externa y no a conceptos subjetivos u opiniones;

IV.- No han de ser insidiosas, entendiéndose por tales, las que se dirijan a ofuscar la inteligencia del que ha de responder, con objeto de obtener una confesión contraria a la verdad;

V.- No han de contener más que un solo hecho;

VI.- No han de ser contradictorias. Las que resulten serlo, serán desechadas;

VII.- Deberán concretarse a hechos que sean objeto del debate; debiendo repelerse de oficio las que no reúnan este requisito;

VIII.- No contendrán términos técnicos, a menos que quien deponga por razón de su profesión o actividad, resulte que tiene capacidad de dar respuesta a ellos; y

IX.- No contendrán repetición de posiciones.

Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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