Artículo 167.- Los documentos privados y la correspondencia procedentes de uno de los interesados y no objetados por la contraria surtirán efectos como si hubieren sido reconocidos expresamente.
Artículo 167
TÍTULO TERCERO DE LA PRUEBA · CAPÍTULO III DE LAS PRUEBAS EN PARTICULAR
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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