Artículo 276.- Las resoluciones judiciales dictadas con el carácter de provisionales, pueden modificarse en sentencia interlocutoria o en la definitiva.
Artículo 276
TÍTULO QUINTO DE LA SENTENCIA, ACLARACIÓN DE SENTENCIA · CAPÍTULO II DE LA SENTENCIA EJECUTORIA
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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