ARTÍCULO 414.- SENTENCIAS SOBRE PRESTACIONES FUTURAS. Las resoluciones sobre obligaciones por venir contendrán, además de los requerimientos legales consignados en los artículos anteriores y la expresión de no ejecutarse sino llegado el vencimiento del plazo de la prestación fijada.
Artículo 414
TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO II
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de enero de 2012. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.