Artículo 422. Presentada la demanda con los anexos necesarios se correrá traslado, emplazándola para que dentro de un plazo de seis días produzca su contestación a la misma.
Artículo 422
TÍTULO PRIMERO ASUNTOS DE TRAMITACIÓN ESPECIAL 152
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.
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