ARTÍCULO 23
La presente Convención quedará abierta a la adhesión y accesión de los Estados no signatarios. Los instrumentos correspondientes serán depositados en los archivos de la Unión Panamericana que los comunicará a las Altas Partes Contratantes. EN FE DE LO CUAL, los Plenipotenciarios que a continuación se indican, firman y sellan la presente Convención en español, inglés, portugués y francés, en la ciudad de Montevideo, en la República Oriental del Uruguay, este vigésimo sexto día del mes de diciembre del año de mil novecientos treinta y tres.