Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público · Federal

Artículo 9

Artículo 9. Corresponde a la Secretaría interpretar, para efectos administrativos, esta Ley y demás disposiciones emanadas de la misma, con la opinión que, en su caso, le corresponda a Hacienda en materia presupuestaria y a la Secretaría de Economía, en el ámbito de su competencia.

La Secretaría establecerá y conducirá la política general en materia de las contrataciones reguladas por la presente Ley, y dictará las disposiciones administrativas que sean estrictamente necesarias para el adecuado cumplimiento de la misma, tomando en cuenta, cuando corresponda, las opiniones de Hacienda en materia presupuestaria, y a la Secretaría de Economía en el ámbito de su competencia. Las disposiciones de carácter general se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de abril de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.