Ley Aduanera · Federal

Artículo 22

ARTICULO 22. El remitente de los envíos postales que contengan mercancías para su exportación lo manifestará en las envolturas.

Igual obligación tiene el remitente de mercancías de procedencia extranjera que las envíe desde una franja o región fronteriza al resto del país.

Última reforma de esta ley incorporada: 19 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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