Ley de Concursos Mercantiles · Federal

Artículo 254

TÍTULO OCTAVO De los concursos especiales

Artículo 254.- El concurso mercantil de las organizaciones y personas que realicen actividades auxiliares del crédito se regirá por lo previsto en esta Ley, salvo por lo dispuesto en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

La determinación de incumplimiento generalizado de obligaciones de pago a que se refiere el Capítulo II del Título Primero de esta Ley, deberá realizarse conforme a las normas de registro contable que la autoridad financiera competente emita al amparo de las leyes financieras que regulan la organización y funcionamiento de la entidad de que se trate.

Artículo reformado DOF 10-01-2014

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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