Artículo 3o.- Las autoridades de las entidades federativas, de los municipios y de las alcaldías de la Ciudad de México, en sus correspondientes ámbitos de competencia, tienen la intervención que esta Ley y su Reglamento señalan.
Artículo reformado DOF 23-12-1974, 08-02-1985, 06-12-2022, 29-05-2025