Ley Federal de Competencia Económica · Federal

Artículo 19

TÍTULO II DE LA COMISIÓN NACIONAL ANTIMONOPOLIO

Artículo 19. La Persona Comisionada Presidente presidirá el Pleno y a la Comisión. En caso de ausencia, le suplirá la Persona Comisionada de mayor antigüedad y, a igualdad de antigüedad, la de mayor edad.

Artículo reformado DOF 16-07-2025

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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