Artículo 64 .- Por el estudio y trámite de las solicitudes relativas al ejercicio de los derechos que prevé la Ley Minera, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I.- (Se deroga)
Fracción derogada DOF 31-12-2000
II. Reducción, división, identificación o unificación de superficie .............................. $3,694.26
Fracción reformada DOF 12-12-2011
III. Agrupamiento de concesiones mineras, la incorporación o separación de éstas a uno o más de ellos ....................................................................................................................... $1,847.13
Fracción reformada DOF 12-12-2011
IV. Expedición de duplicado del título de concesión o asignación minera .................... $923.56
Fracción reformada DOF 12-12-2011
V. Inscripción en el registro de peritos mineros ........................................................... $923.56
Fracción derogada DOF 18-11-2010. Adicionada DOF 12-12-2011
Artículo reformado DOF 26-12-1990, 20-12-1991. Derogado DOF 02-08-1994. Adicionado DOF 30-12-1996