Ley Federal del Derecho de Autor · Federal

Artículo 100

TITULO IV De la Protección al Derecho de Autor

Artículo 100.- Las disposiciones contenidas en el presente capítulo se aplicarán en lo pertinente a las obras de radiodifusión.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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