Ley Federal del Derecho de Autor · Federal

Artículo 47

TITULO III De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales

Artículo 47.- El contrato de edición deberá contener como mínimo los siguientes elementos:

I. El número de ediciones o, en su caso, reimpresiones, que comprende, así como la versión y el formato;

Fracción reformada DOF 14-05-2026

II. La cantidad de ejemplares de que conste cada edición;

III. Si la entrega del material es o no en exclusiva, y

IV. La remuneración que deba percibir el autor o el titular de los derechos patrimoniales.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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