Ley Federal del Derecho de Autor · Federal

Artículo 63

TITULO III De la Transmisión de los Derechos Patrimoniales

Artículo 63.- Son obligaciones del empresario:

I. Asegurar la representación o la ejecución pública en las condiciones pactadas;

II. Garantizar al autor, al titular de los derechos patrimoniales o a sus representantes el acceso gratuito a la misma, y

III. Satisfacer al titular de los derechos patrimoniales la remuneración convenida.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.