Ley Federal de los Derechos del Contribuyente · Federal

Artículo 6

CAPÍTULO II Información, Difusión y Asistencia al Contribuyente 3 de 7

Artículo 6o.- Las autoridades fiscales realizarán campañas de difusión a través de medios masivos de comunicación, para fomentar y generar en la población mexicana la cultura contributiva y divulgar los derechos del contribuyente.

Última reforma de esta ley incorporada: 23 de junio de 2005. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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