Ley Federal de las Entidades Paraestatales · Federal
Artículo 37
CAPITULO III De las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria
ARTICULO 37.- Las personas Titulares de las Direcciones Generales o sus equivalentes de las empresas de participación estatal mayoritaria, sin perjuicio de las facultades y obligaciones que se les atribuyan en los estatutos de la empresa y legislación del caso, tendrán las que se mencionan en el artículo 59 de este ordenamiento.
Artículo reformado DOF 01-03-2019
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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