Ley Federal de las Entidades Paraestatales · Federal

Artículo 7

CAPITULO I De las Disposiciones Generales

ARTICULO 7o.- Las entidades paraestatales correspondientes al Distrito Federal quedarán sujetas a las disposiciones de esta Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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