Ley Federal de Protección al Consumidor · Federal

Artículo 8

ARTÍCULO 8.- La Procuraduría verificará que se respeten los precios máximos establecidos en términos de la Ley Federal de Competencia Económica, así como los precios y tarifas que conforme a lo dispuesto por otras disposiciones sean determinados por las autoridades competentes.

Párrafo reformado DOF 04-02-2004

Los proveedores están obligados a respetar el precio máximo y las tarifas establecidas conforme al párrafo anterior.

Párrafo adicionado DOF 04-02-2004

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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