Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Federal

Artículo 7

TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales · CAPÍTULO I Objeto y Definiciones de la Ley, Reglas Generales y Ejecutores del Gasto

Artículo 7.- Las dependencias coordinadoras de sector orientarán y coordinarán la planeación, programación, presupuestación, control y evaluación del gasto público de las entidades ubicadas bajo su coordinación.

En el caso de las entidades no coordinadas, corresponderá a la Secretaría orientar y coordinar las actividades a que se refiere este artículo.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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