Artículo 57 . - La Auditoría Superior de la Federación, verificará y fis calizará la instrumentación, ejecución y resultados de las estrategias de ajuste convenidas para fortalecer las finanzas públicas de las
Entidades Federativas y los municipios, con base en la Ley de la m a tería y en los convenios que para ese efecto se susc riban con las Entidades Federativas y los municipios, para la obtención de la garantía del
Gobierno Federal .