TITULO CUARTO Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones · CAPITULO III Habitaciones para los trabajadores
Artículo 139.- La ley que cree dicho organismo regulará los procedimientos y formas conforme a los cuales las personas trabajadoras podrán adquirir vivienda en propiedad y obtener los créditos a que se refiere el artículo 137, así como acceder a los programas de arrendamiento social.
Artículo reformado DOF 24-04-1972, 21-02-2025
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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