Ley Federal del Trabajo · Federal

Artículo 153-Q

TITULO CUARTO Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones · CAPITULO III Habitaciones para los trabajadores

Artículo 153-Q.- A nivel de las entidades federativas se establecerán Comisiones Estatales de Concertación y Productividad.

Será aplicable a las Comisiones Estatales de Concertación y Productividad, en el ámbito de las entidades federativas, lo establecido en los artículos 153-I, 153-J, 153-K, 153-L, 153-N y demás relativos.

Artículo adicionado DOF 28-04-1978. Reformado DOF 30-12-1983, 30-11-2012, 01-05-2019

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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