Ley Federal del Trabajo · Federal

Artículo 268

TITULO SEXTO Trabajos Especiales · CAPITULO VII Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal

Artículo 268.- Son patrones las empresas navieras y las de maniobras, los armadores y fletadores, los consignatarios, los agentes aduanales, y demás personas que ordenen los trabajos.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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