Artículo 407.- La solicitud se presentará al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Artículo reformado DOF 09-04-2012, 01-05-2019
TITULO SEPTIMO Relaciones Colectivas de Trabajo · CAPITULO IV Contrato Ley
Artículo 407.- La solicitud se presentará al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Artículo reformado DOF 09-04-2012, 01-05-2019
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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