Ley Federal del Trabajo · Federal

Artículo 786

TITULO DECIMO · CAPITULO XII De las Pruebas

Artículo 786.- Cada parte podrá solicitar que se cite a su contraparte para que concurra a absolver posiciones y responder preguntas.

Párrafo reformado DOF 01-05-2019

Tratándose de personas morales, la confesional puede desahogarse por conducto de su representante legal o apoderado con facultades para absolver posiciones.

Los sindicatos u organizaciones de trabajadores o patrones absolverán posiciones por conducto de su secretario general o integrante de la representación estatutariamente autorizada o por apoderado con facultades expresas.

Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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