Ley General de Archivos · Federal

Artículo 109

TÍTULO PRIMERO DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO · CAPÍTULO II DEL ÓRGANO DE GOBIERNO

Artículo 109. El Órgano de Gobierno es el cuerpo colegiado de administración del Archivo General que, además de lo previsto en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las disposiciones reglamentarias, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Evaluar la operación administrativa así como el cumplimiento de los objetivos y metas del Archivo General;

II. Emitir los lineamientos para el funcionamiento del Consejo Técnico, y

III. Las demás previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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