Artículo 90. Los programas territoriales operativos tienen como ámbito espacial un municipio, varios municipios interrelacionados, un sistema urbano rural funcional, o la agrupación de varios Sistemas Urbano Rurales.
Artículo 90
TÍTULO DÉCIMO INSTRUMENTOS PARA EL FINANCIAMIENTO DEL DESARROLLO URBANO
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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