Ley General de Cambio Climático · Federal

Artículo 64

TÍTULO QUINTO SISTEMA NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO · CAPÍTULO IV INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN

Artículo 64. La estrategia nacional deberá reflejar los objetivos y ambición de las políticas de mitigación y adaptación al cambio climático establecidas en la presente Ley y contendrá entre otros elementos, los siguientes:

Párrafo reformado DOF 13-07-2018

I. Diagnóstico y evaluación de las acciones y medidas implementadas en el país, así como su desempeño en el contexto internacional;

II. Escenarios climáticos;

III. Evaluación y diagnóstico de la vulnerabilidad y capacidad de adaptación ante el cambio climático de regiones, ecosistemas, centros de población, equipamiento e infraestructura, sectores productivos y grupos sociales;

IV. Tendencias y propuestas en la transformación del territorio y usos de recursos a nivel nacional, regional y estatal incluyendo cambio de uso de suelo y usos del agua;

V. Diagnóstico de las emisiones en el país y acciones que den prioridad a los sectores de mayor potencial de reducción y que logren al mismo tiempo beneficios ambientales, sociales y económicos;

VI. Oportunidades para la mitigación de emisiones en la generación y uso de energía, quema y venteo de gas natural, uso de suelo y cambio de uso de suelo, transporte, procesos industriales, gestión de residuos y demás sectores o actividades;

VII. Escenario de línea base;

VIII. Emisiones de línea base;

IX. Trayectoria objetivo de emisiones;

X. Acciones y metas de adaptación y mitigación teniendo como año meta 2050, con metas intermedias de corto y mediano plazo, diferenciadas por fuente emisora y o sector emisor y con una hoja de ruta para asegurar su cumplimiento. Las metas establecidas en la estrategia constituyen porcentajes mínimos.

Fracción reformada DOF 13-07-2018

XI. Requerimientos nacionales de investigación, transferencia de tecnología, estudios, capacitación y difusión;

XII. Los demás elementos que determine la Comisión.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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