Artículo 3.- La contabilidad gubernamental determinará la valuación del patrimonio del Estado y su expresión en los estados financieros.
Artículo 3
TÍTULO PRIMERO Objeto y Definiciones de la Ley · CAPÍTULO ÚNICO Disposiciones Generales
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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