Ley General de Contabilidad Gubernamental · Federal

Artículo 76

TÍTULO QUINTO De la Transparencia y Difusión de la Información Financiera · CAPÍTULO IV De la Información Relativa al Ejercicio Presupuestario

Artículo 76.- Los municipios, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, las entidades federativas, previo convenio de colaboración administrativa, difundirán en Internet la información relativa al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, especificando cada uno de los destinos señalados para dicho Fondo en la Ley de Coordinación Fiscal.

Artículo adicionado DOF 12-11-2012. Reformado DOF 19 - 01 - 2018

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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