Artículo 131 . El titular de la Secretaría Ejecutiva será nombrado y removido libremente por el Presidente del Sistema y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Tener ciudadanía mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener más de 30 años de edad;
III. Contar con título profesional de nivel licenciatura debidamente registrado;
IV. Contar con al menos cinco años de experiencia en las áreas correspondientes a su función, y
V. No haber sido sentenciado por delito doloso o inhabilitado como servidor público.
Sección Tercera
De la Evaluación y Diagnóstico