Ley General de Educación Superior · Federal

Artículo 5

Artículo 5. Las políticas y acciones que se lleven a cabo en materia de educación superior formarán parte del Acuerdo Educativo Nacional establecido en la Ley General de Educación para lograr una cobertura universal en educación con equidad y excelencia. La Secretaría propondrá la adopción de medidas para que las entidades federativas y los municipios, así como las instituciones de educación superior, participen en el cumplimiento de este artículo, con base en lo siguiente:

I. Reconocimiento a la diversidad y respeto a las características de los subsistemas bajo los cuales se imparte educación superior;

II. Concurrencia en el cumplimiento de la cobertura universal en educación;

III. Respeto a la soberanía de las entidades federativas, así como a su ámbito de competencia, en materia de educación superior;

IV. Contribución al fortalecimiento y mejora continua del Sistema Educativo Nacional, y

V. Respeto a la autonomía que la ley otorga a las universidades e instituciones de educación superior.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de abril de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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