Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Federal

Artículo 386

TÍTULO SEGUNDO Del Proceso de Selección de Candidatos Independientes · CAPÍTULO V Del Registro de Candidatos Independientes

Artículo 386.

1. Si la solicitud no reúne el porcentaje requerido se tendrá por no presentada.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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