Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito · Federal

Artículo 45-J

TITULO SEGUNDO De las Organizaciones Auxiliares del Crédito · CAPITULO III

Artículo 45-J.- Se deroga.

Artículo adicionado DOF 03-01-1990. Derogado DOF 18-07-2006

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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