ARTÍCULO 37, FRACCIÓN XV, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
Artículo Primero.- ………
Artículo Segundo.- Se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, para quedar como sigue:
LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS
Artículo 37. En todo momento la persona titular o su representante podrán solicitar al responsable, el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos personales que le conciernen, de conformidad con lo establecido en el presente Título. El ejercicio de cualquiera de los derechos ARCO no es requisito previo, ni impide el ejercicio de otro.