Ley General de Responsabilidades Administrativas · Federal

Artículo 184

TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Artículo 184. Los incidentes que tengan por objeto reclamar la nulidad del emplazamiento, interrumpirán la continuación del procedimiento.

Sección Séptima

De la acumulación

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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