Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
I. Organismos cooperativos, a las uniones, federaciones y confederaciones que integren las sociedades cooperativas;
II. Sistema Cooperativo, a la estructura económica y social que integran las sociedades cooperativas y sus organismos. El Sistema Cooperativo es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional, y
III. Instituto, al Instituto Nacional de la Economía Social.
Artículo reformado DOF 16-04-2025