Artículo 51. La información publicada por los sujetos obligados, en el marco de la política de transparencia con sentido social, se difundirá en los medios y formatos que más convengan al público al que va dirigida.
Artículo 51
TÍTULO CUARTO CULTURA DE TRANSPARENCIA Y APERTURA INSTITUCIONAL
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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